Legislación › Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.
Disposición adicional segunda. Actividad supervisora.
Disposición adicional segunda. Actividad supervisora.
Las autorizaciones que en materia de emisión de folletos otorgue la Comisión Nacional del Mercado de Valores respecto a productos financieros sometidos a lo dispuesto en esta orden ministerial, no excluye que el resultado final de la inversión difiera entre productos de la misma clase o incluso que el de clases inferiores pueda resultar peor que el de clases superiores.
← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →


