Legislación › Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana.
Artículo 15. Órganos de dirección y gestión del departamento de salud.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 24 de abril de 2018.
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Artículo 15. Órganos de dirección y gestión del departamento de salud.
1. El consejo de dirección del departamento de salud es el órgano al que le corresponde formular las directrices en política de salud dentro del departamento departamento, teniendo en cuenta las formulaciones y recomendaciones del consejo de salud del departamento, y controlar su gestión dentro de las normas y programas generales establecidos por la conselleria competente en materia de sanidad.
2. El gerente La gerencia del departamento de salud es el órgano encargado de la dirección y gestión de los recursos del departamento, tanto de atención primaria como asistencia especializada, sociosanitaria y de salud pública, así como de la ejecución de las directrices establecidas por el consejo de dirección y de la gestión integrada de los recursos del departamento.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de abril de 2018 En vigor | BOE-A-2018-6402 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


