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Legislación › Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana.

Artículo 33. Seguridad alimentaria.

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Artículo 33. Seguridad alimentaria.
1. La seguridad de los alimentos En el marco europeo y los piensos destinados a animales productores de alimentos requiere un enfoque integral nacional de la cadena seguridad alimentaria, que contemple la detección Generalitat garantizará el reconocimiento y eliminación de los riesgos para la salud humana derivados protección efectiva del consumo de alimentos y facilite al consumidor la elección de alimentos de acuerdo derecho a sus necesidades.
2. Con
la finalidad de conseguir una acción eficaz en seguridad alimentaria, la Generalitat asegurará asegurando un nivel elevado de protección de la actuación coordinada salud de los distintos departamentos con funciones las personas en la materia, así como la debida colaboración relación con el resto los peligros y riesgos alimentarios.
2. Las políticas
de Administraciones competentes, contando, seguridad alimentaria se basarán en todo caso, el análisis del riesgo y, en sus distintos componentes. Se llevará a cabo de manera coordinada con la participación activa las autoridades competentes de los agentes económicos, ámbito nacional. Para la evaluación del riesgo se impulsarán actuaciones de los consumidores y evaluación de la comunidad científica. exposición, interna y externa, a los peligros alimentarios.
3. Los agentes económicos son responsables, en las etapas Como instrumento de producción, transformación, almacenamiento, distribución planificación y venta, programación, la conselleria competente en materia de sanidad coordinará la elaboración del cumplimiento plan de las normas higiénicas y sanitarias vigentes. Asimismo, están obligados a colaborar con las autoridades públicas sanitarias en seguridad alimentaria de carácter plurianual. El plan incorporará los distintos elementos que conforman el ejercicio control oficial de sus competencias, debiendo notificar cualquier modificación relativa a sus actividades e instalaciones, la cadena alimentaria así como cualquier incidencia los diferentes factores ambientales, económicos, tecnológicos, nutricionales y sociales que pudiera afectar a pueden influir en la seguridad de los alimentos que estén bajo su responsabilidad. alimentaria.
4. Para el cumplimiento El sistema de los objetivos información en materia de seguridad alimentaria establecidos alimentaria, integrado en el Plan sistema de Salud información de salud pública, permitirá identificar los principales riesgos alimentarios y propiciará una adecuada gestión de los mismos. El sistema abarcará todas las etapas de la Comunitat Valenciana, cadena alimentaria, incluyendo la conselleria competente en materia de sanidad coordinará producción primaria, la elaboración del Plan transformación y la comercialización de Seguridad Alimentaria los alimentos.
Dicho plan
de la Comunitat Valenciana, seguridad alimentaria deberá estar coordinado con el cual contendrá como mínimo:
a) La valoración
plan de la situación inicial en salud de la Comunitat Valenciana.
b) El análisis 5. Para proteger la salud humana y diagnóstico realizar una adecuada gestión de los problemas en riesgos alimentarios, se garantizará el ámbito funcionamiento eficiente de la seguridad alimentaria.
c)
los sistemas de emergencias y alertas alimentarias. Los objetivos sistemas de emergencias y alertas alimentarias estarán plenamente integrados y coordinados con el sistema nacional.
6. Para posibilitar el necesario apoyo analítico a las actividades, estudios y programas de seguridad alimentaria, se potenciarán los laboratorios públicos de seguridad alimentaria,
que funcionarán con plenas garantías técnicas y de calidad. Estos laboratorios se pretendan alcanzar. integrarán en la red de laboratorios de seguridad alimentaria.
d) 7. Las actuaciones y programas a desarrollar.
e) Las previsiones económicas
de seguridad alimentaria incorporarán la lucha contra el fraude alimentario y la defensa de financiación los intereses de las actuaciones.
f) Los mecanismos de evaluación y seguimiento de la aplicación del Plan.
personas consumidoras en ese ámbito.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de abril de 2018 En vigor BOE-A-2018-6402 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 Texto original Leer

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