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Legislación › Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana.

Artículo 35. Salud laboral.

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Artículo 35. Salud laboral.
1. La salud laboral es el conjunto organizado de habilidades actuaciones, prestaciones y técnicas servicios que la Generalitat, en colaboración con los empresarios sociedad destina a vigilar, proteger y los representantes promover la salud individual y colectiva de los trabajadores, pone al servicio la población trabajadora, con especial atención a aquellos colectivos de los trabajadores para conseguir el más alto grado de bienestar físico, psíquico y social de éstos vulnerables.
2. La conselleria competente
en relación materia de sanidad con las características y riesgos derivados la participación del lugar resto de trabajo, del ambiente laboral departamentos y administraciones públicas competentes, así como las entidades y organizaciones con intereses en la materia, de conformidad con lo previsto en la influencia legislación básica estatal, contribuirá a la planificación, seguimiento y evaluación de éste la salud laboral en su entorno, mediante acciones preventivas, la Comunitat Valenciana, ejercerá las competencias sanitarias que le correspondan en relación con la prevención de diagnóstico, riesgos laborales, colaborará con la gestión de tratamiento y los problemas de adaptación salud derivados del trabajo y rehabilitación desarrollará sus funciones en relación con la vigilancia, promoción y protección de la patología producida o relacionada salud de la población trabajadora y con el la prevención de los problemas de salud que puedan derivar del trabajo. Todo ello, con criterios de equidad y especial atención hacia aquellos colectivos más vulnerables.
2. 3. La conselleria competente en materia de sanidad impulsará y coordinará los instrumentos de planificación en materia elaborará un mapa de salud laboral, en los riesgos laborales al que participarán están expuestos sus trabajadores, con la conselleria competente en materia finalidad de prevención mejorar la seguridad y prevenir accidentes, lesiones y enfermedades profesionales. El mapa de riesgos laborales, el resto de departamentos y administraciones públicas competentes, así como las entidades laborales será actualizado periódicamente y organizaciones con intereses se concretará en la materia. actuaciones en cada uno de los departamentos de salud.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de abril de 2018 En vigor BOE-A-2018-6402 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 Texto original Leer

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