Legislación › Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana.
Artículo 54. Derechos generales y ámbito de aplicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 24 de abril de 2018.
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Artículo 54. Derechos generales y ámbito de aplicación.
1. Todos los las personas menores de edad tienen derecho a la protección y a la atención sanitaria, así como a los cuidados necesarios para su salud y bienestar en su calidad de usuarios y pacientes y personas usuarias del Sistema Valenciano de Salud.
2. El presente capítulo es de aplicación, con carácter excepcional, a mayores de edad, cuando así se prevea expresamente o, cuando antes de alcanzar la mayoría de edad, hayan sido objeto de alguna de las medidas administrativas o judiciales que establece el ordenamiento jurídico.
3. Los centros y establecimientos sanitarios dispondrán las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en este capítulo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de abril de 2018 En vigor | BOE-A-2018-6402 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


