Legislación › Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
Artículo 3. Creación, modificación y supresión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de noviembre de 2015 y la del 2 de mayo de 2020.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras).
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Artículo 3. Creación, modificación y supresión.
La creación, modificación o supresión de una Consejería de Empleo y Seguridad Social se realizará por real decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del titular del Ministerio de Empleo los titulares de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social, Social y Migraciones, previo informe del titular del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y a propuesta del titular del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, previo informe del Consejo Ejecutivo de Política Exterior.
Las Consejerías de Empleo y Seguridad Social existentes a la entrada en vigor de este real decreto se recogen en la relación que figura en el anexo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-4765 | Leer | Qué cambió |
| 22 de noviembre de 2015 | Texto original | Leer |


