Legislación › Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de noviembre de 2015 y la del 2 de mayo de 2020.
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Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
1. Se autoriza al titular del Ministerio a los titulares de Empleo los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para desarrollar, en el ámbito de sus competencias, competencias y de forma conjunta, lo previsto en este real decreto.
2. Se autoriza al Subsecretario titular de Empleo la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Economía Social para dictar las instrucciones precisas para el funcionamiento de las Consejerías de Empleo Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Social en aplicación de lo previsto en el artículo 2.3, así como a los titulares de las Subsecretarías de Trabajo y Economía Social, y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para dictar las instrucciones precisas para el desempeño de las funciones de las Consejerías en atención a la dependencia funcional que corresponda.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-4765 | Leer | Qué cambió |
| 22 de noviembre de 2015 | Texto original | Leer |
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