Legislación › Real Decreto 982/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
Artículo 15. Requisitos de acceso al ciclo de grado superior en baloncesto para personas sin el título de Bachiller.
Artículo 15. Requisitos de acceso al ciclo de grado superior en baloncesto para personas sin el título de Bachiller.
Se podrá acceder a las enseñanzas del ciclo de grado superior en baloncesto, sin los títulos que se hacen constar en el artículo 14.1 de este real decreto, siempre que el aspirante posea el título de técnico deportivo correspondiente, y además cumpla las condiciones de edad y supere la prueba correspondiente conforme al artículo 31.1.b) del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.


