Legislación › Real Decreto 982/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
Artículo 6. Competencia general del ciclo de grado superior en baloncesto.
Artículo 6. Competencia general del ciclo de grado superior en baloncesto.
La competencia general del ciclo de grado superior en baloncesto consiste en construir equipos de baloncesto, así como programar y dirigir el entrenamiento deportivo orientado hacia la obtención y mantenimiento del rendimiento en deportistas y equipos; organizar y dirigir la participación de estos en competiciones de alto nivel. Ejercer la dirección técnica y coordinar la intervención de técnicos especialistas y sus relaciones con la dirección deportiva y la directiva del club; programar y coordinar las tareas de los técnicos a su cargo; organizar competiciones propias de la iniciación y tecnificación deportiva; diseñar programas individuales de alta tecnificación para jugadores de baloncesto; y todo ello de acuerdo con los objetivos establecidos, el nivel óptimo de calidad, y en condiciones de seguridad.


