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Legislación › Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

Artículo 14. Ratio profesor/alumno.

Artículo 14. Ratio profesor/alumno.

1. Para impartir los módulos del bloque común y los resultados de aprendizaje de carácter conceptual de los módulos del bloque específico de los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, y grado superior en piragüismo de aguas tranquilas, la relación profesor/alumno será de 1/30.

2. Para impartir los resultados de aprendizaje de carácter procedimental de los módulos del bloque específico de los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, y grado superior en piragüismo de aguas tranquilas, la relación profesor/alumno será la recogida en el Anexo IV.

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