Legislación › Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
ANEXO VIII-A
ANEXO VIII-A
Requisitos de titulación del profesorado de los módulos del bloque específico de ciclo de grado superior, en centros públicos de la Administración educativa
Serán impartidas por quienes posean la especialidad o condición que a continuación se detalla:
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Módulo de enseñanza deportiva Ciclo de grado superior |
Especialidad | Cuerpo |
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MED-PIAB301 Planificación del alto rendimiento. MED-PIAB302 Perfeccionamiento técnico en slalom. MED-PIAB303 Preparación física en seco y en agua en slalom de alto nivel. MED-PIAB304 Coordinación y gestión. MED-PIAB305 Diseño de material e innovación. MED-PIAB306 Proyecto final. MED-PIAB307 Formación práctica. |
Educación física con el título de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas. | Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| Profesor especialista. | ||
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MED-PIAT308 Planificación del alto rendimiento en aguas tranquilas. MED-PIAT309 Análisis de la técnica de paleo en aguas tranquilas. MED-PIAT310 Entrenamiento de alto rendimiento en aguas tranquilas. MED-PIAT311 Competiciones de alto nivel en aguas tranquilas. MED-PIAT312 Escuela de piragüismo de aguas tranquilas. MED-PIAT313 Proyecto final. MED-PIAT314 Formación práctica. |
Educación física con el título de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas. |
Catedráticos de Enseñanza Secundaria. Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| Profesor especialista. |


