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Legislación › Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

ANEXO VIII-A

ANEXO VIII-A

Requisitos de titulación del profesorado de los módulos del bloque específico de ciclo de grado superior, en centros públicos de la Administración educativa

Serán impartidas por quienes posean la especialidad o condición que a continuación se detalla:

Módulo de enseñanza deportiva

Ciclo de grado superior

Especialidad Cuerpo

MED-PIAB301 Planificación del alto rendimiento.

MED-PIAB302 Perfeccionamiento técnico en slalom.

MED-PIAB303 Preparación física en seco y en agua en slalom de alto nivel.

MED-PIAB304 Coordinación y gestión.

MED-PIAB305 Diseño de material e innovación.

MED-PIAB306 Proyecto final.

MED-PIAB307 Formación práctica.

Educación física con el título de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas. Profesores de Enseñanza Secundaria.
Profesor especialista.

MED-PIAT308 Planificación del alto rendimiento en aguas tranquilas.

MED-PIAT309 Análisis de la técnica de paleo en aguas tranquilas.

MED-PIAT310 Entrenamiento de alto rendimiento en aguas tranquilas.

MED-PIAT311 Competiciones de alto nivel en aguas tranquilas.

MED-PIAT312 Escuela de piragüismo de aguas tranquilas.

MED-PIAT313 Proyecto final.

MED-PIAT314 Formación práctica.

Educación física con el título de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas.

Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

Profesores de Enseñanza Secundaria.

Profesor especialista.

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