Legislación › Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba su Estatuto.
Artículo 23. El plan de acción anual, el informe de actividad y las cuentas anuales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de noviembre de 2015 y la del 12 de diciembre de 2025.
Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 23. El plan de acción anual, el informe de actividad y las cuentas anuales.
1. El director La persona titular de la Dirección de la Agencia elaborará y elevará para su aprobación al Consejo Rector el plan anual de acción, que tomará razón y propondrá su aprobación al Ministerio de adscripción. Asimismo elaborará y elevará para su aprobación al Consejo Rector el informe general de actividad y las cuentas anuales, dentro de los plazos establecidos en el artículo 15 de la Ley 28/2006, de 18 de julio. anuales.
2. En el plan de acción anual anual, que deberá ser aprobado en el último trimestre del año natural, se recogerán, entre otras, las siguientes actividades:
a) Las de carácter formativo, metodológico y de determinación de indicadores de gestión de las actividades que corresponden a la Agencia.
b) Las de gestión, seguimiento y control de las actuaciones que que, en materia de investigación científica, técnica y de innovación innovación, corresponden a la Agencia conforme a su objeto y funciones.
c) Las de organización y gestión de la evaluación científico-técnica de las propuestas que requieran financiación con cargo a los programas e instrumentos asignados a la Agencia o resultantes de convenios y acuerdos de colaboración.
3. La información referida al plan anual de acción, al informe general de actividad y a las cuentas anuales estará disponible en la página web de la Agencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de diciembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-25269 | Leer | Qué cambió |
| 29 de noviembre de 2015 | Texto original | Leer |


