Legislación › Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba su Estatuto.
Artículo 9. El Consejo Rector.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de noviembre de 2015 y la del 12 de diciembre de 2025.
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Artículo 9. El Consejo Rector.
1. El Consejo Rector es el órgano de gobierno colegiado de la Agencia.
2. Son miembros del Consejo Rector:
El presidente La persona titular de la Presidencia de la Agencia, que será el presidente ostentará la presidencia del Consejo Rector Rector, y los siguientes Vocales: vocales:
a) El Director La persona titular de la Dirección de la Agencia.
b) El La persona titular de la Secretaría General de Ciencia e Innovación.
c) Un representante del Ministerio La persona titular de Economía y Competitividad, al menos con rango la Secretaría General de director general, designado por su titular. Investigación.
d) El Director general del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial. Una persona representante del Ministerio de
e) El Director del Instituto de Salud Carlos III.
f) UnHacienda y Administraciones Públicas, Hacienda, al menos con rango de director general, designado por su titular. Director General, designada a propuesta de
g) Un representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, al menos con rangodirector general, designado por su titular.
h) Un e) Una persona representante del Ministerio de Industria, Energía para la Transformación Digital y Turismo, al menos con rango de director general, designado por su titular. la Función Pública, al menos con rango de
i) Un representante del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,director general, designado por su titular. Director General, designada a propuesta
j) Dos científicos o tecnólogos de reconocido prestigio designadosdel Presidente de la Agencia. su titular.
f) La duración de sus mandatos será de tres años, renovables por una vez. persona que ostente la presidencia del Consejo Científico Técnico.
k) Dos expertos g) Una persona experta en I+D+i designados I+D+I designada a propuesta del Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación. La duración de sus mandatos su mandato será de tres años, renovables por una vez.
l) Un h) Una persona representante de los trabajadores designado por designada a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas en la Administración General del Estado. La duración de su mandato será de tres años, renovable por una vez.
3. Los miembros del Consejo Rector serán nombrados por el Ministro la persona titular del Ministerio de Economía y Competitividad. adscripción de la Agencia Estatal de Investigación.
4. El secretario Secretario asistirá a las sesiones con voz pero sin voto.
5. El Consejo Rector celebrará sesiones al menos cada tres meses, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias por decisión de su presidente o cuando así lo solicite al menos la mitad de sus miembros.
6. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.3 del presente estatuto y con el artículo 2 114.2.d) de la Ley 28/2006, de 18 de julio, 39/2015, de Agencias Estatales para la mejora 1 de los servicios públicos, octubre, las resoluciones del Consejo Rector agotan de la Agencia ponen fin a la vía administrativa.
7. En lo no dispuesto en la Ley 28/2006, de 18 de julio, y en el presente Estatuto, estatuto, el Consejo Rector ajustará su actuación, en lo que le sea de aplicación, a las disposiciones de la sección 3.ª del capítulo II del título II preliminar de la Ley 30/1992, 40/2015, de 26 1 de noviembre, octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sector Público.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de diciembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-25269 | Leer | Qué cambió |
| 29 de noviembre de 2015 | Texto original | Leer |


