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Legislación › Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales.

Artículo 13. Publicidad y anotación en la hoja de servicios.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de diciembre de 2015 y la del 30 de enero de 2025. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 13. Publicidad y anotación en la hoja de servicios.
1. Cualquier cambio de situación administrativa deberá ser publicado en el «Boletín “Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», Defensa”, excepto el pase a la situación de excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual y de ésta a cualquier otra.
2. Todo cambio de situación administrativa del militar será reflejado en su hoja de servicios.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-1561 Leer Qué cambió
13 de diciembre de 2015 Texto original Leer

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