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Legislación › Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento del coste de una película y la inversión del productor.

Artículo 5. Solicitudes, plazos y documentación.

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Artículo 5. Solicitudes.
1. De acuerdo con el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, la presentación de las solicitudes de reconocimiento de coste se realizará obligatoriamente a través del registro electrónico del ministerio de educación, cultura y deporte, en el modelo que estará accesible en la sede electrónica.
2. El plazo máximo para la presentación de la solicitud será de seis ocho meses a partir de la notificación del certificado de nacionalidad española en el caso de largometrajes, y de tres meses desde la misma fecha si se trata de cortometrajes. Estos plazos podrán ampliarse en las convocatorias cuando concurran causas que así lo justifiquen.
Las solicitudes presentadas fuera de los citados plazos serán inadmitidas. No obstante, en el caso de que la película a la que se refiera la solicitud hubiera resultado beneficiaria de alguna ayuda se realizará el reconocimiento de coste a los únicos efectos de la justificación de dicha ayuda, sin que dicho reconocimiento le habilite para la percepción de futuras ayudas.
3. Junto a la solicitud deberá aportarse:
a) Declaración del coste de la película, detallado por capítulos y partidas, según el modelo oficial que podrá obtenerse a través de la página web del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
b) Informe especial de un auditor de cuentas, firmado electrónicamente por el mismo, de revisión y verificación del estado de coste de la película, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.
c) En el caso de cortometrajes, el interesado podrá optar entre la aportación del informe especial del auditor de cuentas señalado en la letra anterior o la presentación de los documentos señalados en el artículo 7, relativo a la acreditación del coste de forma directa ante el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de junio de 2023 En vigor BOE-A-2023-13188 Leer Qué cambió
13 de abril de 2019 BOE-A-2019-5551 Leer Qué cambió
20 de julio de 2018 BOE-A-2018-10176 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2016 Texto original Leer

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