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Legislación › Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 2015 y la del 6 de agosto de 2018. Tachado: lo que se quitó (140 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
El Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, queda modificado del modo siguiente:
Uno. Se añade un párrafo u) al artículo 5 con la siguiente redacción:
«u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.»
Dos. Se modifica el párrafo c) del artículo 6.1, que queda redactado del siguiente modo:
«c) Los demás departamentos ministeriales y los organismos públicos vinculados o dependientes de estos y, en particular, el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, respecto a los profesionales sanitarios incluidos en sus registros de personal. En relación a este último departamento ministerial, también respecto a las acreditaciones para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.»
(Anulado)
Tres. Se añade un párrafo u) en el anexo I con el siguiente contenido:
«u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.»
Cuatro. Se añade, en el anexo II, el siguiente contenido:
«u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.»
·
(Anulado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de agosto de 2018 En vigor BOE-A-2018-11274 Leer Qué cambió
24 de diciembre de 2015 Texto original Leer

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