Legislación › Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 2015 y la del 6 de agosto de 2018.
Tachado: lo que se quitó (140 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
El Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, queda modificado del modo siguiente:
Uno. Se añade un párrafo u) al artículo 5 con la siguiente redacción:
«u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.»
Dos. Se modifica el párrafo c) del artículo 6.1, que queda redactado del siguiente modo: (Anulado)
«c) Los demás departamentos ministeriales y los organismos públicos vinculados o dependientes de estos y, en particular, el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, respecto a los profesionales sanitarios incluidos en sus registros de personal. En relación a este último departamento ministerial, también respecto a las acreditaciones para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.»
Tres. Se añade un párrafo u) en el anexo I con el siguiente contenido:
«u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.»
Cuatro. Se añade, en el anexo II, el siguiente contenido: (Anulado)
«u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.»
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de agosto de 2018 En vigor | BOE-A-2018-11274 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 2015 | Texto original | Leer |
← Disposición final tercera Índice Disposición final quinta →


