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Legislación › Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

ANEXO I

ANEXO I

Baremo para la asignación de puntos a los criterios de evaluación de las ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto

Criterios

Puntos

1. Carácter cultural.

6

1.1 Lengua de la versión original.

 

Castellano o lengua cooficial en España.

3

Versión original otras lenguas de la Unión Europea.

2

1.2 Contribución cultural.

 

Cumplir más de 5 requisitos de los establecidos en artículo 12.3 de esta orden.

3

2. Solvencia del beneficiario.

22

2.a) Solvencia del beneficiario en proyectos de imagen real.

 

2.1 Número de espectadores en alguna de las películas estrenadas en los últimos 4 años, atendiendo a los datos oficiales de recaudación publicados por el ICAA (estas puntuaciones no son acumulables entre sí).

 

Más de 700.000 espectadores.

8

Más de 300.000 espectadores.

6

Más de 75.000 espectadores.

4

Más de 30.000 espectadores.

2

2.2 Volumen de ventas internacionales de alguna película producida en los últimos 4 años (en la forma en la que se determine en la convocatoria) (hasta 7 puntos).

 

Por ventas realizadas en Reino Unido, Francia, Alemania, Italia, Estados Unidos y/o Japón.

1 por cada país

Por ventas realizadas país/territorio del siguiente listado: Benelux, Portugal, Suiza, Escandinavia, Turquía, Rusia, Polonia, China, Corea, Oriente Medio, Australia-Nueva Zelanda, Brasil, Méjico, Argentina y Colombia.

0,5 por cada territorio

2.3 Participación y Premios en festivales y certámenes en alguna de las películas en los últimos 4 años (hasta 7 puntos).

 

Conforme a lo establecido en el Anexo III.

 

2.b) Solvencia del beneficiario en proyectos de animación.

 

2.1 Número de espectadores en alguna de las películas estrenadas en los últimos 8 años, atendiendo a los datos oficiales de recaudación publicados por el ICAA (estas puntuaciones no son acumulables entre sí).

 

Más de 700.000 espectadores.

8

Más de 300.000 espectadores.

6

Más de 75.000 espectadores.

4

Más de 30.000 espectadores.

2

2.2 Volumen de ventas internacionales de alguna película producida en los últimos 8 años (en la forma en la que se determine en la convocatoria) (hasta 7 puntos).

 

Por ventas realizadas en Reino Unido, Francia, Alemania, Italia, Estados Unidos y/o Japón.

1 por cada país

Por ventas realizadas en país/territorio del siguiente listado: Benelux, Portugal, Suiza, Escandinavia, Turquía, Rusia, Polonia, China, Corea, Oriente Medio, Australia-Nueva Zelanda, Brasil, Méjico, Argentina y Colombia.

0,5 por cada territorio

2.3 Participación y Premios en festivales y certámenes en alguna de las películas en los últimos 8 años (hasta 3 puntos).

 

Conforme a lo establecido en el Anexo III.

 

2.4 Experiencia en proyectos de animación en los últimos ocho años.

4

3. Viabilidad económica y financiera del proyecto y difusión (conforme a la información recogida en los contratos formalizados y demás documentación que aporte el solicitante de la ayuda).

40

3.1 Distribuidora con contrato firmado previo rodaje y que tenga una recaudación mínima anual de 500.000 euros.

 

Si es una distribuidora con una recaudación superior a 0,5 millones de euros en el año anterior.

7

Si es una distribuidora con una recaudación superior a 3 millones de euros en el año anterior.

9

En cualquiera de ambos casos, sí es distribuidora independiente.

2

3.2 Agencia de ventas.

 

Con anticipo superior a 100.000 euros.

8

Con anticipo superior a 50.000 euros.

7

Con anticipo superior a 25.000 euros.

5

Contrato con agencia de ventas sin anticipo.

3

3.3 Con contratos o compromisos en firme previo rodaje con medio de comunicación audiovisual (estas puntuaciones no son acumulables entre sí).

 

Contratos por un importe igual o superior a 750.000 euros.

15

Contratos por un importe igual o superior a 500.000 euros.

13

Contratos por un importe igual o superior a 300.000 euros.

11

Contratos por un importe igual o superior a 100.000 euros.

9

3.4 Coproducción internacional.

5

3.5 Tener en el proyecto un Seguro de Buen Fin.

1

4. Impacto socioeconómico y de la inversión e innovación.

32

4.1 Gasto realizado o repercutido en España (Hasta 20 puntos).

 

90% del presupuesto gasto repercutido en España.

20

80% del presupuesto gasto repercutido en España.

15

70% del presupuesto gasto repercutido en España.

10

60% del presupuesto gasto repercutido en España.

5

4.2 Fomento de la Igualdad de Género (Hasta 4 puntos).

 

Directora Mujer.

1

Guionista Mujer.

1

Productora Ejecutiva Mujer.

1

Otras autoras mujer.

0,5

Jefas de equipo mujer.

0,5

4.3 Género de la película.

 

Película de Animación.

1

Película destinada a público infantil y juvenil.

1

Película documental.

1

4.4 Contratación en equipos.

 

Por incorporar al proyecto a trabajadores en prácticas, becarios, o estudiantes universitarios en prácticas en virtud de convenios de cooperación educativa procedentes de convenios de colaboración con Universidades.

1

Por tener en plantilla o contratar trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente.

2

Por contratar empresas o personal digital español para la animación o los efectos visuales.

2

Redactados los apartados 3.1 y 3.3 conforme a la corrección de errores publicada por Orden ECD/43/2016, de 22 de enero. BOE-A-2016-718.

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