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Legislación › Circular 8/2015, de 18 de diciembre, del Banco de España, a las entidades y sucursales adscritas al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, sobre información para determinar las bases de cálculo de las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.

Norma primera. Ámbito de aplicación.

Norma primera. Ámbito de aplicación.

Lo dispuesto en esta circular será de aplicación a las entidades y sucursales adscritas al FGD, de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.

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