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Legislación › Orden DEF/253/2015, de 9 de febrero, por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Artículo 20. Autoridades competentes para vacaciones, permisos y reducciones de jornada.

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Artículo 20. Autoridades competentes para vacaciones, permisos y reducciones de jornada.
El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, el Subsecretario de Defensa, los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire Aire, el Jefe de la Unidad Militar de Emergencias y el Secretario General de Política de Defensa podrán establecer los criterios para la concesión de vacaciones y permisos en el ámbito de sus respectivas competencias, determinando el personal que deba estar presente en las unidades, centros u y organismos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2021-21656 Leer Qué cambió
19 de febrero de 2015 Texto original Leer

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