Legislación › Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 51. Ámbito de aplicación.
Artículo 51. Ámbito de aplicación.
1. Las previsiones contenidas en este título serán de aplicación a los miembros del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia y al resto de altos cargos de la Administración autonómica y de las entidades del sector público autonómico.
2. Asimismo, será de aplicación a los cargos electos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de la Asamblea Regional de Murcia en aquellos aspectos que vengan expresamente recogidos.
Se añade por el art. único.26 de la Ley 7/2016, de 18 de mayo. BOE-A-2016-6042.


