Legislación › Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón.
Artículo 105. Caducidad.
Artículo 105. Caducidad.
El plazo máximo para resolver los procedimientos sancionadores y notificar la resolución será de seis meses, contado a partir de la iniciación del expediente.


