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Legislación › Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón.

Disposición derogatoria única. Derogación expresa y por incompatibilidad.

Disposición derogatoria única. Derogación expresa y por incompatibilidad.

1. Se deroga expresamente la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón y todas sus modificaciones parciales posteriores.

2. Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la misma.

3. Mantendrán su vigencia los reglamentos ejecutivos parciales, de aplicación y desarrollo de la Ley 6/2002, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón, en todo lo que no se opongan a esta ley, hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de la presente ley en las materias que les afecten.

4. Mantendrán su vigencia los planes previstos en la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón, aprobados antes de entrar en vigor la presente ley.

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