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Legislación › Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

Disposición transitoria quinta. Eficacia de las licencias otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley.

Disposición transitoria quinta. Eficacia de las licencias otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley.

Las licencias de actividades clasificadas otorgadas a la entrada en vigor de esta ley, de conformidad con la normativa que le hubiera resultado de aplicación en el momento de su otorgamiento, se entenderán, a los efectos de la presente ley, como licencias ambientales de actividades clasificadas.

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