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Legislación › Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.

Artículo 41. Gastos de tramitación anticipada.

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Artículo 41. Gastos de tramitación anticipada.
1. La tramitación de expedientes de gastos podrá iniciarse en el ejercicio inmediato anterior una vez presentado siempre que se cumpla alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que exista previsión reiterada
en Les Corts ejercicios anteriores, asociada en el Proyecto programa presupuestario, de Ley crédito adecuado y suficiente para la cobertura presupuestaria del gasto de que se trate en los Presupuestos de la Generalitat pudiéndose alcanzar, como máximo, Generalitat.
b) Que exista crédito adecuado y suficiente en
el momento inmediato anterior a la adquisición del compromiso proyecto de gasto. No obstante, ley de Presupuestos en caso de que haya sido presentado para su aprobación por las Cortes correspondiente al ejercicio siguiente.
2. En
el ámbito de la contratación administrativa se estará a lo que disponga dispuesto en la normativa reguladora de esta materia, sin que le sea de aplicación el límite temporal relativo materia.
3. La tramitación anticipada podrá llegar, como máximo, al momento inmediato anterior
a la necesidad de que el Proyecto de Ley adquisición del compromiso de Presupuestos se haya presentado en Les Corts. gasto.
4. En el expediente de gasto se deberá tendrá que incluir una cláusula suspensiva indicando que su resolución queda condicionada a en la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente una vez aprobado se apruebe el presupuesto de la Generalitat. Generalitat correspondiendo al ejercicio en el cual se tenga que realizar el gasto.
2. 5. En todo caso en la tramitación anticipada de expedientes deberá se tendrá que cumplir lo establecido en el artículo 40 de esta ley.
3. 6. La conselleria competente en materia de hacienda determinará los requisitos concretos a los cuales tiene que debe ajustarse la tramitación de los expedientes a que se refiere este artículo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de abril de 2021 En vigor BOE-A-2021-90145 Leer Qué cambió
12 de marzo de 2015 Texto original Leer

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