Legislación › Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.
Artículo 14. Condicionalidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de febrero de 2015 y la del 12 de octubre de 2023.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (40 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 14. Condicionalidad.
El otorgamiento de las ayudas reguladas en este real decreto queda condicionado a la publicación de la solicitud de exención en el sitio web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, de acuerdo con el artículo 9.1 del Reglamento (UE) n.º 702/2014, 2022/2472 de la Comisión, de 25 14 de junio diciembre de 2014, 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en la página web los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Comisión Unión Europea.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de octubre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-20995 | Leer | Qué cambió |
| 28 de febrero de 2015 | Texto original | Leer |


