LexTotal

Legislación › Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán.

Artículo 68. Universidades e investigación.

Artículo 68. Universidades e investigación.

1. El Consejo General de Arán participa en la gestión del sistema de becas y ayudas para la formación universitaria y, en general, en la promoción del acceso de la población aranesa a la universidad.

2. El Consejo General de Arán debe colaborar con la Generalidad en materia de política de investigación, desarrollo e innovación, y participar en la gestión de las ayudas y becas instituidas con estos objetivos.

3. El Consejo General de Arán junto con la Generalidad debe participar en la implantación y fomento de la universidad telemática.

← Artículo 67 Índice Artículo 69 →