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Legislación › Ley 1/2015, de 10 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 50. Recurso contencioso-administrativo.

Artículo 50. Recurso contencioso-administrativo.

Las resoluciones de la Junta Económico-Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura pondrán fin a la vía administrativa y serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción competente.

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