Legislación › Orden IET/389/2015, de 5 de marzo, por la que se actualiza el sistema de determinación automática de precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados y se modifica el sistema de determinación automática de las tarifas de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
Artículo 6. Aplicación del sistema establecido en la presente orden.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de marzo de 2020 y la del 2 de abril de 2020.
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Artículo 6. Aplicación del sistema establecido en la presente orden.
La Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, efectuará los cálculos necesarios para la aplicación del sistema establecido en esta orden y dictará las correspondientes resoluciones de determinación de costes de comercialización y de los precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo, en su modalidad envasado, que se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia del presente artículo, a partir del 18 de marzo de 2020, para los siguientes tres bimestres, en la forma y con los efectos indicados por el art. 4.3.a del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. BOE-A-2020-3824 BOE-A-2020-3824, en la redacción dada por la disposición final 1.1 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo. BOE-A-2020-4208
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de abril de 2020 En vigor | BOE-A-2020-4208 | Leer | Qué cambió |
| 18 de marzo de 2020 | BOE-A-2020-3824 | Leer | Qué cambió |
| 10 de marzo de 2015 | Texto original | Leer |


