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Legislación › Ley 10/2014, de 26 de septiembre, de consultas populares no referendarias y otras formas de participación ciudadana.

Artículo 52. Medios de apoyo.

Artículo 52. Medios de apoyo.

1. Los procesos de participación ciudadana deben tener los medios personales y materiales de apoyo necesarios para cumplir su función.

2. Las modalidades participativas que integren a personas, representantes de entidades cívicas y expertos deben tener los necesarios medios e instrumentos de apoyo y asistencia, incluidos los telemáticos, que deben ser utilizados por los participantes en condiciones de igualdad.

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