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Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 23 de marzo de 2015 · Último cambio el 23 de marzo de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- co
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Fines del sistema.
- Artículo 3. Principios del sistema.
- Artículo 4. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Prospección y detección de necesidades formativas.
- Artículo 6. Escenario plurianual.
- Artículo 7. Financiación.
- Artículo 8. Módulos económicos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Iniciativas de formación profesional para el empleo.
- Artículo 10. Formación programada por las empresas.
- Artículo 11. Oferta formativa para trabajadores ocupados.
- Artículo 12. Oferta formativa para trabajadores desempleados.
- Artículo 13. Organización de la formación programada por las empresas para sus trabajadores.
- Artículo 14. Programación y gestión de las ofertas formativas.
- Artículo 15. Impartición de la formación.
- Artículo 16. Acreditación y registro de las entidades de formación.
- Artículo 17. Obligaciones de las entidades de formación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 18. Seguimiento y control.
- Artículo 19. Refuerzo del control y la capacidad sancionadora.
- Artículo 20. Infracciones y sanciones.
- Artículo 21. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
- CAPÍTULO V
- Artículo 22. Sistema integrado de información.
- Artículo 23. Evaluación de la formación: Impacto y eficiencia.
- Artículo 24. Calidad de la formación.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 25. Órgano de participación de las Administraciones Públicas y los Interlocutores Sociales.
- Artículo 26. Administraciones públicas competentes y coordinación del sistema.
- Artículo 27. Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
- Artículo 28. Estructuras paritarias sectoriales.
- Disposición adicional primera. Apoyo a pequeñas y medianas empresas.
- Disposición adicional segunda. Impulso al cheque de formación.
- Disposición adicional tercera. Impulso a instrumentos clave del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
- Disposición adicional cuarta. Elaboración de estadísticas.
- Disposición adicional quinta. Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
- Disposición adicional sexta. Financiación de las actividades de prospección y planificación.
- Disposición adicional séptima. Evaluación de las medidas de apoyo a la contratación.
- Disposición adicional octava. Remanentes de crédito incorporables.
- Disposición adicional novena. Gasto público.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
- Disposición transitoria segunda. Competencias transversales prioritarias para 2015.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Unidad especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
- Disposición final quinta. Modificación de disposiciones reglamentarias.
- Disposición final sexta. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
- Firma


