Legislación › Orden HAP/535/2015, de 19 de febrero, por la que se regulan la organización y funcionamiento del Registro de órganos de representación del personal en la Administración General del Estado.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. El ámbito del Registro será el correspondiente a la Administración General del Estado, sus organismos, agencias, universidades y entidades de derecho público de ella dependientes.
2. Sin perjuicio de su inclusión en el ámbito del Registro, para los organismos, universidades y entidades de derecho público no incluidas en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado prevista en el artículo 36.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lo contemplado en la disposición adicional segunda.


