Legislación › Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad para guardar las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas en domicilios particulares.
preambulo
La disposición final segunda de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, autoriza al Director General de la Guardia Civil a dictar cuantas disposiciones requieran el desarrollo y aplicación de la misma.
El artículo 12, de la citada Orden Ministerial dispone que las personas físicas o jurídicas que sean titulares de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, están obligadas a guardarlas en lugar seguro y adoptar las medidas necesarias que se determinen por resolución del Director General de la Guardia Civil, para evitar su pérdida, robo o sustracción.
En su virtud, dispongo lo siguiente:


