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Legislación › Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad para guardar las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas en domicilios particulares.

Tercero. Inspección.

Tercero. Inspección.

La Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil podrá solicitar a los titulares de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas la presentación de las mismas, tal y como establece el artículo 144 del Reglamento de Armas.

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