Legislación › Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.
Artículo 27. Código de buen gobierno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 2015 y la del 12 de mayo de 2022.
Tachado: lo que se quitó (52 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 27. Código de buen gobierno.
1. El Consell aprobará un código de buen gobierno basado en los principios recogidos en esta ley. (Derogado)
2. Dicho código se aplicará a las personas comprendidas en el ámbito de aplicación de este título; podrá ser adoptado por las entidades locales, mediante su adhesión en las condiciones previstas por la legislación vigente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de mayo de 2022 En vigor | BOE-A-2022-8187 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2015 | Texto original | Leer |


