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Legislación › Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.

Artículo 53. Consejo de Centros Valencianos en el Exterior.

Artículo 53. Consejo de Centros Valencianos en el Exterior.

1. El Consejo de Centros Valencianos en el Exterior ejercerá las funciones consultivas y de asesoramiento a la Administración de la Generalitat en relación con los asuntos que afecten a los derechos e intereses de las comunidades de valencianos en el exterior.

2. El régimen, adscripción, composición y funcionamiento del Consejo de Centros Valencianos en el Exterior se determinará reglamentariamente.

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