Legislación › Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.
Artículo 7. Transparencia en la actividad pública.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 2015 y la del 12 de mayo de 2022.
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Artículo 7. Transparencia en la actividad pública.
La Generalitat y las organizaciones comprendidas en el artículo 2 actuarán con transparencia, y la promoverán mediante la publicidad y difusión de la información y la actividad pública mediante diferentes canales, en especial a través de internet, en los términos establecidos en esta ley y en la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, promoviendo y garantizando el acceso por la ciudadanía a la información, tanto en soporte papel como electrónico. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de mayo de 2022 En vigor | BOE-A-2022-8187 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2015 | Texto original | Leer |


