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Legislación › Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional sexta. Comisiones de seguimiento y evaluación.

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Disposición adicional sexta. Comisiones de seguimiento y evaluación.
En el ámbito de la Administración de la Generalitat, se atribuye a la Comisión de Secretarios Autonómicos y Subsecretarios el seguimiento periódico y evaluación de las acciones en materia de transparencia, buen gobierno y reutilización de datos abiertos.
En el ámbito de cada conselleria, entidad autónoma, entidad de derecho público o consorcio adscrito a la Generalitat se constituirá una comisión, integrada por empleados públicos, con formación y cualificación apropiadas, con el fin de coordinar en su respectivo ámbito las acciones y medidas en materia de transparencia y reutilización de datos abiertos. La composición, régimen y funcionamiento de estas comisiones técnicas se desarrollará reglamentariamente.
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de mayo de 2022 En vigor BOE-A-2022-8187 Leer Qué cambió
9 de abril de 2015 Texto original Leer

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