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Legislación › Ley 5/2015, de 2 de abril, del Servicio Público de Radiotelevisión Valenciana.

Disposición final primera. Título competencial.

Disposición final primera. Título competencial.

Esta ley se dicta al amparo de la competencia autonómica en el desarrollo de las normas básicas del Estado y ejecución del régimen de radiodifusión y televisión y demás medios de comunicación en la Comunitat Valenciana prevista en el artículo 56 de la Ley orgánica 1/2006, de 10 de abril, de EACV.

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