Legislación › Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.
Artículo 75. Información sobre el promotor que capta financiación mediante préstamos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de abril de 2015 y la del 10 de noviembre de 2022.
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Artículo 75. Información sobre el promotor que capta financiación mediante préstamos.
1. (Derogado)
Téngase en cuenta que este artículo se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art. 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre. BOE-A-2022-15818
Redacción anterior:
"1. Cuando los proyectos de financiación participativa se instrumenten a través de préstamos y el promotor sea una persona jurídica, aquellos deberán contener, al menos, la información señalada en el artículo 78 de esta Ley.
2. Cuando los proyectos de financiación participativa se instrumenten a través de préstamos y el promotor sea una persona física, los proyectos deberán contener, al menos, la siguiente información:
a) Currículum vítae.
b) Domicilio a efecto de notificaciones.
c) Descripción de la situación financiera y endeudamiento.
3. Las plataformas de financiación participativa podrán ocultar preliminarmente la identidad de los promotores, siempre que garanticen que los inversores puedan conocer tal identidad en alguna fase anterior a la efectiva aportación de los fondos. fondos."
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-15818 | Leer | Qué cambió |
| 29 de abril de 2015 | Texto original | Leer |


