Legislación › Ley 6/2015, de 2 de abril, de Reconocimiento, Protección y Promoción de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio del Observatorio de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio del Observatorio de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano.
Si se constituyera el Observatorio de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano antes de ser aprobado su Reglamento de Organización y Funcionamiento, las funciones asignadas por esta ley a sus comisiones de trabajo podrán ser ejercidas, provisionalmente, por el Pleno o por sus vocales, según decida el primero.
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