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Legislación › Real Decreto 317/2015, de 24 de abril, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de abril de 2015 y la del 28 de julio de 2022. Tachado: lo que se quitó (104 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
Municipios que comprende la zona de promoción económica
Ábalos.
Agoncillo.
Aguilar del Río Alhama.
Albelda de Iregua.
Aldeanueva de Ebro.
Alesanco.
Alesón.
Alfaro.
Arenzana de Abajo.
Arenzana de Arriba.
Arnedo.
Arrúbal.
Autol.
Azofra.
Bañares.
Baños de Río Tobía.
Briñas.
Briones.
Calahorra.
Camprovín.
Canillas de Río Tuerto.
Cárdenas.
Casalarreina.
Castañares de Rioja.
Cenicero.
Cervera del Río Alhama.
Cidamón.
Cirueña.
Clavijo.
Entrena.
Fuenmayor.
Gimileo.
Grávalos.
Haro.
Hervías.
Hormilla.
Hormilleja.
Huércanos.
Igea.
Murillo de Río Leza.
Nájera.
Navarrete.
Ollauri.
Quel.
Pradejón.
Ribafrecha.
Rincón de Soto.
Rodezno.
San Asensio.
Santo Domingo de la Calzada.
San Torcuato.
San Vicente de la Sonsierra.
Torrecilla sobre Alesanco.
Torremontalbo.
Tricio.
Tudelilla.
Uruñuela.
Villalba de Rioja.
Villar de Arnedo.
Villarroya.
Zarratón.
(Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de julio de 2022 En vigor BOE-A-2022-12499 Leer Qué cambió
30 de abril de 2015 Texto original Leer

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