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Legislación › Real Decreto 318/2015, de 24 de abril, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2017 y la del 28 de julio de 2022. Tachado: lo que se quitó (69 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
Municipios de la isla de Mallorca que comprende la zona de promoción económica
Alaró;
Ariany;
Artà;
Binissalem;
Búger;
Bunyola;
Campanet;
Capdepera;
Consell;
Costitx;
Distritos 01, 02 y 03 de Manacor;
Inca;
Lloret de Vistalegre;
Lloseta;
Llubí;
Mancor de la Vall;
Maria de la Salut;
Montuïri;
Muro;
Petra;
Pobla (Sa);
Sant Joan;
Santa Eugènia;
Santa Margalida;
Santa Maria del Camí;
Secciones censales n.º 37 (UIB–Parc Bit), 38, 39 y 49 del distrito 03 de Palma de Mallorca;
Selva;
Sencelles;
Sineu;
Vilafranca de Bonany.
(Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de julio de 2022 En vigor BOE-A-2022-12496 Leer Qué cambió
1 de enero de 2017 BOE-A-2016-12596 Leer Qué cambió
30 de abril de 2015 Texto original Leer

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