Legislación › Real Decreto 339/2015, de 30 de abril, por el que se ordenan las enseñanzas de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional.
Artículo 20. Cursos militares considerados de altos estudios de la defensa nacional.
Artículo 20. Cursos militares considerados de altos estudios de la defensa nacional.
1. Tendrán también la consideración de altos estudios de la defensa nacional los cursos que a continuación se relacionan:
a) Curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general.
b) Curso para la obtención del diploma de estado mayor.
2. Atendiendo a las necesidades de las Fuerzas Armadas, se faculta al Ministro de Defensa para incluir en esta relación otros cursos militares que puedan considerarse de interés para la Defensa Nacional.


