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Legislación › Ley 12/2015, de 30 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Región de Murcia.

Artículo 36. Régimen económico.

Artículo 36. Régimen económico.

Las cámaras tendrán, además de los ingresos que se relacionan en el artículo 19 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, los recursos que las administraciones públicas destinen para sufragar el ejercicio de funciones de carácter público-administrativo o la gestión de programas que, en su caso, le sean encomendados.

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