Legislación › Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Artículo 73. Destino del importe de las sanciones.
Artículo 73. Destino del importe de las sanciones.
La Administración de la Comunidad Autónoma destinará los ingresos derivados de la imposición de las sanciones establecidas por la presente ley a la mejora de la calidad y a la cobertura del Sistema Público de Servicios Sociales de Extremadura.


