Legislación › Orden AAA/839/2015, de 29 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales.
Artículo 8. Instrucción y resolución.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 2015 y la del 13 de junio de 2019.
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Artículo 8. Instrucción y resolución.
1. La instrucción del procedimiento se realizará por la Subdirección General de Dinamización del Medio Rural, encargada de la gestión de los premios, de la Dirección General de Desarrollo Rural Rural, Innovación y Política Forestal, en los términos previstos por los artículos 22 y 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Corresponde a la persona titular del Departamento, Departamento Ministerial, establecer la convocatoria y otorgar el premio, así como la resolución del procedimiento.
2. Si una la candidatura no reuniera todos reúne los requisitos exigidos establecidos en la convocatoria, el órgano instructor competente requerirá al interesado a la interesada para que, que la subsane en un el plazo máximo e improrrogable de diez días, los subsane, días hábiles, indicándole que, si no hiciese, se le tendrá por desistido de acuerdo su solicitud, de conformidad con el artículo 71.1 23.5 de la Ley 30/1992, 38/2003, de 26 17 de noviembre, General de Régimen Jurídico Subvenciones, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21, en relación con el artículo 68 de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. El órgano instructor podrá realizar comprobaciones “in situ” durante el procedimiento de análisis de las candidaturas si lo estima necesario para comprobar la veracidad de los datos presentados en la solicitud. La presentación de la solicitud conllevará la autorización de la entidad solicitante para que el órgano concedente realice estas comprobaciones.
4. Examinada la documentación presentada por los las aspirantes en su candidatura y constatado que cumplen todos los requisitos, los trabajos serán remitidos al jurado previsto en el artículo 6, para que proceda a su estudio y valoración.
4. 5. El jurado examinará y evaluará las candidaturas presentadas a las categorías de los premios para las mujeres rurales, y emitirá el informe concretando el resultado de la evaluación.
5. 6. El órgano instructor, a la vista del expediente e informes del jurado, formulará la propuesta de resolución, y la elevará, con su informe, al a la persona titular del Departamento. Departamento Ministerial.
6. 7. La publicación de la resolución de concesión y sus posibles modificaciones y demás actos del procedimiento, tendrá lugar en la sede electrónica del Departamento Ministerial, y surtirá todos los efectos de la notificación practicada según lo dispuesto en el artículo 45 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación con los procedimientos de concurrencia competitiva. Asimismo, la resolución con las premiadas se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
8. La resolución de concesión de los premios, que pone fin a la vía administrativa, corresponde al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación Pesca y Medio Ambiente. Alimentación. Contra la
7. La resolución será notificada a los premiados. Las premiadas comunicarán a su vez al titular del Departamentoaceptación o renuncia al premio. misma podrá interponerse recurso potestativo de
En casorenuncia por reposición en el plazo máximo de un mes en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la correspondiente participante al premio, éste se concederá a Ley 39/2015, de 1 de octubre, o ser impugnada directamente ante la candidatura inmediatamente siguiente en orden Sala de puntuación, siempre que esta se hubiera considerado suficiente para el jurado, lo que motivará una nueva resolución. Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el
8. La resolución con los premiados se hará pública«Boletín Oficial del Estado» y será notificada individualmente plazo de dos meses conforme a los galardonados en los términos previstos lo previsto en la Ley 30/1992, 29/1998, de 26 13 de noviembre. julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso- administrativa, en ambos casos contados desde el día siguiente al de su publicación. No podrán simultanearse ambas vías de recurso.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de junio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-9353 | Leer | Qué cambió |
| 13 de junio de 2019 | BOE-A-2019-8768 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 2015 | Texto original | Leer |


