Legislación › Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón.
Artículo 26. De la constitución de determinados terrenos como cotos municipales o cotos deportivos de caza.
Artículo 26. De la constitución de determinados terrenos como cotos municipales o cotos deportivos de caza.
Los terrenos sobre los que la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ostente la titularidad de los derechos cinegéticos y no constituyan un coto social de caza, una reserva de caza o un vedado, podrán destinarse a la constitución de cotos municipales o de cotos deportivos de caza, o a su integración en los mismos, previa adjudicación de su aprovechamiento.


