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Legislación › Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón.

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Téngase en cuenta que las competencias atribuidas en la presente ley al departamento competente en materia de caza o al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, así como la actualización de las cuantías de las sanciones previstas en la presente ley, podrán ser modificadas mediante decreto publicado únicamente en el "Boletín Oficial de Aragón", según se establece en las disposiciones adicional 3 y final 2

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