Legislación › Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.
Artículo 45. Inspección de comercio.
Artículo 45. Inspección de comercio.
La inspección de comercio es la actuación por la que el Departamento competente en materia de comercio examina, controla y vigila la actividad comercial, así como a las personas responsables, para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa comercial aplicable, sin perjuicio de aquellas actuaciones que proceda realizar por otros órganos y Administraciones públicas en ejercicio de sus competencias.


