Legislación › Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio general.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio general.
Los procedimientos de autorizaciones iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley se tramitarán y resolverán por la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud.
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