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Legislación › Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio general.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio general.

Los procedimientos de autorizaciones iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley se tramitarán y resolverán por la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud.

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